miércoles, 11 de febrero de 2015

Concepto, Objetivo y fines de la contabilidad


NOTAS DE CONTABILIDAD UNO.

Febrero a Junio 2015

MODULO 1

Registra operaciones contables de empresas comerciales y de servicios

SUBMODULO 1

Registra información contable de diversas entidades económicas

 

1.  Definir las Generalidades de la contabilidad

 

La contabilidad, como es sabido es una técnica que es ocupada para registrar, clasificar y resumir  todas las operaciones de tipo mercantil, mediante los registros contables y estadísticos que se llevan a cabo durante la vida de un negocio o ente económico.

 

1.1  Conceptos de la contabilidad

La contabilidad, expresa la norma de información financiera (NIF) A-1, es la técnica que se utiliza para el registro de operaciones que afectan a una entidad económica con objeto de facilitar a los diversos interesados la toma de decisiones en dicha entidad.

 

La contabilidad, es la disciplina que enseña las normas y los procedimientos para ordenar analizar y registrar las operaciones practicadas por las unidades económicas constituidas por un solo individuo o bajo la forma de sociedades civiles o mercantiles (bancos, industrias, comercios e instituciones de beneficencia etc.

 

La contabilidad es una Técnica que se ocupa de registrar, clasificar y resumir las operaciones mercantiles de un negocio con el fin de interpretar sus resultados y conocer la estabilidad y solvencia del ente económico.

 

La contabilidad es el lenguaje que utilizan los comerciantes para poder y medir los resultados de un negocio

 

La contabilidad es el arte de registrar, clasificar y resumir en forma y términos en dinero, las operaciones y hechos de carácter financieros así como su interpretación de sus resultados

 

La contabilidad es el arte de interpretar, medir y describir la actividad económica

 

La contabilidad es un sistema que procesa información y  mide las actividades de un negocio convirtiéndose en información verídica y confiable

 

La contabilidad, es un conjunto de técnicas por las que a través del seguimiento y control de la actividad económica de la empresa nos proporcionan información respecto al patrimonio.

 

1.2  Objetivos de la Contabilidad

 

-Suministrar información razonada con base en registros técnicos, de las operaciones realizadas por un ente privado o público

-Producir y comunicar información financiera comprensible, útil y confiable que sirva como base para la toma de decisiones

-Utilizar la contabilidad para informar del uso correcto de los bienes y recursos de la empresa tomando como instrumento el control interno

-Proporcionar información útil para los actuales y posibles inversionistas así como para otros usuarios que han de tomar decisiones racionales de inversión y crédito

-Preparar información que ayude a los usuarios para determinar los montos, oportunidad e incertidumbre de los proyectos de entrada en efectivo con relación con la realización de inversiones dentro de la empresa

-Informar acerca de los recursos económicos de una empresa y los derechos sobre los efectos de las transacciones y acontecimientos que cambien esos recursos

 

Para poder llevar a cabo los objetivos se deberá de realizar:

-Registros con bases en sistemas y procedimientos técnicos adaptados las operaciones diversas del ente económico

-Clasificar operaciones registradas como medio para obtener objetivos propuestos

-Interpretar los resultados con el fin de dar información detallada y razonada

 

1.2.1  Fines de la contabilidad

 

La contabilidad tiene como finalidad, facilitar la imagen real que muestra el patrimonio del ente económico, de su situación financiera y de los resultados que se obtengan mediante la aplicación de las normas de información financiera (NIF)

 

 Los propósitos de la contabilidad son los siguientes;

 

1.-Establecer un control optimo y seguro de las operaciones, en cada uno de los recursos y las obligaciones del negocio.

 

2.-Registrar, en forma clara concisa y precisa, todas las operaciones diarias efectuadas por la empresa durante el ejercicio fiscal. (Año calendario)

 

3.-Proporcionar, en cualquier momento una imagen clara y verídica de la situación financiera que guarda el negocio.

 

4.-Prever anticipadamente para la toma de decisiones el futuro de la empresa.

 

5.-Servir como comprobante y fuente de información, ante terceras personas de todos aquellos actos de carácter jurídico en que la contabilidad puede tener fuerza probatoria conforme a lo establecido por la ley.

 

Código de Comercio

CAPITULO III

De la Contabilidad Mercantil

 

Artículo 33.- El comerciante está obligado a llevar y mantener un sistema de contabilidad adecuado.

Este sistema podrá llevarse mediante los instrumentos, recursos y sistemas de registro y procesamiento que mejor se acomoden a las características particulares del negocio, pero en todo caso deberá satisfacer los siguientes requisitos mínimos:

A) Permitirá identificar las operaciones individuales y sus características, así como conectar dichas operaciones individuales con los documentos comprobatorios originales de las mismas.

B) Permitirá seguir la huella desde las operaciones individuales a las acumulaciones que den como resultado las cifras finales de las cuentas y viceversa;

C) Permitirá la preparación de los estados que se incluyan en la información financiera del negocio;

D) Permitirá conectar y seguir la huella entre las cifras de dichos estados, las acumulaciones de las cuentas y las operaciones individuales;

E) Incluirá los sistemas de control y verificación internos necesarios para impedir la omisión del registro de operaciones, para asegurar la corrección del registro contable y para asegurar la corrección de las cifras resultantes.

Artículo 34.- Cualquiera que sea el sistema de registro que se emplee, se deberán llevar debidamente encuadernados, empastados y foliados el libro mayor y, en el caso de las personas morales, el libro o los libros de actas. La encuadernación de estos libros podrá hacerse a posteriori, dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio; sin perjuicio de los requisitos especiales que establezcan las leyes y reglamentos fiscales para los registros y documentos que tengan relación con las obligaciones fiscales del comerciante.

Artículo 35.- En el libro mayor se deberán anotar, como mínimo y por lo menos una vez al mes, los nombres o designaciones de las cuentas de la contabilidad, su saldo al final del período de registro inmediato anterior, el total de movimientos de cargo o crédito a cada cuenta en el período y su saldo final.

Podrán llevarse mayores particulares por oficinas, segmentos de actividad o cualquier otra clasificación, pero en todos los casos deberá existir un mayor general en que se concentren todas las operaciones de la entidad.

Artículo 36.- En el libro o los libros de actas se harán constar todos los acuerdos relativos a la marcha del negocio que tomen las asambleas o juntas de socios, y en su caso, los consejos de administración.

Artículo 37.- Todos los registros a que se refiere este capítulo deberán llevarse en castellano, aunque el comerciante sea extranjero. En caso de no cumplirse este requisito el comerciante incurrirá en una multa no menos de 25,000. 00 pesos, que no excederá del cinco por ciento de su capital y las autoridades correspondientes podrán ordenar que se haga la traducción al castellano por medio de perito traductor debidamente reconocido, siendo por cuenta del comerciante todos los costos originados por dicha traducción.

Artículo 38.- El comerciante deberá conservar, debidamente archivados, los comprobantes originales de sus operaciones, de tal manera que puedan relacionarse con dichas operaciones y con el registro que de ellas se haga, y deberá conservarlos por un plazo mínimo de diez años.

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