Factura Electrónica
¿Qué es la
factura electrónica en México?
Una factura es un
documento que comprueba la realización de una transacción comercial entre un
comprador y un vendedor. La factura compromete al vendedor a entregar el
producto o servicio y obliga al comprador a realizar el pago de acuerdo a lo
especificado en dicha factura emitida. La factura electrónica en México es la
representación digital de un tipo de Comprobante Fiscal Digital (CFD), que está
apegada a los estándares definidos por el SAT en el Anexo 20 de la Resolución
de Miscelánea Fiscal, y la cual puede ser generada, transmitida y resguardada
utilizando medios electrónicos. Cada factura electrónica emitida cuenta con un
sello digital (Firma Electrónica Avanzada) que corrobora su origen y le da
validez ante el SAT, una cadena original que funciona como un resumen del
contenido de la factura, y un folio que indica el número de la transacción.
Fundamento
Legal
Es probable que al
igual que muchos de nuestros clientes usted se esté preguntando, “Es legal la
factura electrónica?”. La respuesta es SI, la factura electrónica es 100% legal
y desde el 2004 fue avalada por el SAT en el Anexo 20 de la Miscelánea Fiscal
referente a los Comprobantes Fiscales Digitales. En dicho documento también se
establecen todos los fundamentos legales y técnicos para cualquier persona
física o moral que desee emitir Comprobantes Fiscales Digitales. Enlace Fiscal fue desarrollado con estricto apego a lo establecido en el Anexo 20 de la
Miscelánea Fiscal, por lo que las facturas que emite son 100% válidas ante el
SAT.
I.- Sobre las diferentes modalidades
1.
¿Qué modalidades de facturación existen en 2014?
Los comprobantes que pueden emitirse en 2014
conforme las disposiciones fiscales son: Ø
Ø
Factura Electrónica a través de Internet (CFDI) ü
·
Factura Electrónica a través de un Proveedor
Autorizado de Certificación de CFDI.
·
Factura Electrónica a través de adquirentes de
bienes de los sectores primario o minero, o de los servicios de arrendamiento
de espacios para la colocación de publicidad o antenas de telefonía.
·
Factura Electrónica expedida por organizaciones
y asociaciones que reúnan a productores y comercializadores agrícolas del
Sistema Producto.
Ø
Factura Electrónica (CFD) ü
·
Factura Electrónica (para personas físicas que
en el último ejercicio declarado tuvieron ingresos iguales o menores a 500 mil
pesos y emitieron CFD, podrán seguir facturando bajo este esquema hasta el 31
de marzo de 2014, siempre y cuando a partir del 1 de abril migren al esquema de
facturación electrónica CFDI), Y sus representaciones impresas
correspondientes, cuando el receptor así lo solicite.
·
Facturación en papel. Factura impresa con Código de Barras
Bidimensional (para personas físicas que en el último ejercicio declarado
tuvieron ingresos iguales o menores a 500 mil pesos y emitieron CBB, podrán
seguir facturando bajo este esquema hasta el 31 de marzo de 2014, siempre y
cuando a partir del 1 de abril migren al esquema de facturación electrónica).
Fundamento Legal: Arts. 29, 29-A del CFF y las reglas I.2.7.3.1 y
I.2.7.4.1 de la RMF para 2014.
2. ¿Quiénes están obligados a la Factura
Electrónica? Conforme al artículo 29 del Código Fiscal de la Federación, todos
los contribuyentes están obligados a emitir Comprobantes Fiscales Digitales a
través de Internet (Factura Electrónica).
No obstante, se
han otorgado una serie de facilidades de tal forma que:
1.
Las personas físicas que en el último ejercicio
fiscal declarado tuvieron ingresos iguales o menores a $500,000.00 y emitieron
comprobantes fiscales impresos o CFD, podrán seguir facturando bajo estos
esquemas hasta el 31 de marzo de 2014, siempre y cuando a partir del 1 de abril
migren al esquema de facturación electrónica CFDI, conforme a lo establecido en
el artículo cuadragésimo cuarto transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal
para el 2014 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre
de 2013.
3.-¿La emisión de facturas a público en general es
posible?
En lo referente
a la emisión de comprobantes para público en general, los contribuyentes pueden
expedir comprobantes simplificados conforme a la regla I.2.7.1.22 de la RMF
para 2014
II.- Sobre los
comprobantes impresos (factura en papel) con código de barras bidimensional 1.
¿Quiénes pueden imprimir facturas en papel con código de barras bidimensional
en 2014?
Ø
Las personas físicas que en el último ejercicio
declarado tuvieron ingresos iguales o menores a 500 mil pesos y emitieron CBB,
podrán seguir facturando bajo este esquema hasta el 31 de marzo de 2014,
siempre y cuando a partir del 1 de abril migren al esquema de facturación
electrónica CFDI.
Ø
Fundamento legal: Artículo Cuadragésimo cuarto
transitorio de la RMF para 2014.
III.- Sobre la comprobación electrónica
1.
Deseo generar una Factura Electrónica (CFDI),
realice los trámites correspondientes, solicitar la FIEL y el Certificado de
Sello Digital, sin embargo, al enviarla al Proveedor de Certificación de CFDI,
me indica que el RFC del emisor no se encuentra en los archivos de la Lista de
Contribuyentes con Obligación (LCO) del SAT, por lo tanto, el CFDI no puede
certificarse. ¿Cuánto tiempo tarda en actualizarse la LCO?
La
actualización de la LCO puede tardar de 36 a 48 horas a partir de la obtención
del CSD, este proceso es automático y lo realiza el SAT y el Proveedor de forma
conjunta, por lo que no es necesario realizar trámite alguno.
2.
¿En dónde se publica la lista de Proveedores de
Certificación para Facturación Electrónica (CFDI)?
3.
La lista de Proveedores de Certificación de CFDI
que operan actualmente se encuentra en el portal de internet del SAT en la
siguiente ruta:
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